builderall

Soporte Legal

SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Y LA EDUCACIÓN INFORMAL

1. El Sistema Educativo Colombiano está establecido en las Leyes 115 de 1994 y 30 de 1992, que definen la educación como un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, su dignidad, sus derechos y sus deberes.
2. La estructura del servicio educativo establecida define los siguientes niveles de educación en Colombia :
•    LA EDUCACIÓN FORMAL. que es aquella que se imparte en establecimientos educativos aprobados y controlados,  en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, conducentes a grados y títulos.
•    LA EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO, que es aquella que se ofrece con el objeto de complementar , actualizar, suplir conocimiento y formar, en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de Niveles y grados propios de la Educación Formal. Se requiere obtener de parte de las secretarías de educación, licencia previa de funcionamiento y registro del programa ó programas. A su culminación, expiden a la persona, un Certificado de Aptitud Ocupacional, que no es equivalente a un Titulo.
•    LA EDUCACIÓN INFORMAL, conforme al artículo 43 de la ley 115 de 1994 y el artículo 5.8 del Decreto 4904 de 2009. 
Art. 43 – Ley 115/94: “Definición de educación informal. Se considera educación informal todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados”.
Art. 2.6.6.8 – Título 6 de la parte 6 del Decreto 1075 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”, que expresa: La oferta de educación informal tiene como objetivo brindar oportunidades para complementar, actualizar, perfeccionar, renovar o profundizar conocimientos, habilidades, técnicas y prácticas. Hacen parte de esta oferta educativa aquellos cursos que tengan una duración inferior a ciento sesenta (160) horas. Su organización, oferta y desarrollo no requieren de registro por parte de la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada y sólo darán lugar a la expedición de una constancia de asistencia, si así lo considera pertinente la entidad que lo imparte , dichas constancias o certificaciones NO TIENEN  LA VALIDEZ LEGAL DE TITULOS DE LA EDUCACIÓN FORMAL Ó DE LOS CERTIFICADOS DE APTITUD OCUPACIONAL DE LA EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO.
Sigue link del Ministerio de Educación con la ley marco de la Educación Informal:
https://www.mineducacion.gov.co/1759/w3-article-355032.html
La integran los cursos o programas que tengan una duración inferior a 160 horas y su organización, oferta y desarrollo no requieren de registro por parte de las secretarías de educación y solo dan lugar a la expedición de un Certificado o Constancia de asistencia , si así lo considera pertinente la entidad que lo imparte , dichas constancias o certificaciones NO TIENEN  LA VALIDEZ LEGAL DE TITULOS DE LA EDUCACIÓN FORMAL Ó DE LOS CERTIFICADOS DE APTITUD OCUPACIONAL de la EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANA
 
Sociedadinternacionaldepodologia.org ofrece cursos de capacitación Informal para lo cual expide constancia de asistencia.
 
Para cualquier aclaración adicional escríbenos a info@sociedadinternacionaldepodologia.org